Repasemos Sobre Sociedades Inactivas

Por: Lic. Esteban Chaves

Recordemos que la entrada en vigor de la Ley No. 9635 de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas en julio de 2019, modificó las obligaciones formales y materiales para las personas jurídicas sin actividad económica (lucrativa), mejor conocidas como sociedades inactivas. Como tesis de principio debemos tener claro que dichas entidades deben realizar, anualmente, una declaración patrimonial.

Nos dice el artículo 4 del Reglamento a la Ley de del Impuesto sobre la Renta, que la Administración Tributaria es la encargada de determinar la forma en que las sociedades deben cumplir con las nuevas obligaciones.

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